La operadora móvil virtual se ha convertido en la voz discordante del mercado español con respecto a la eliminación del roaming. Las sospechas de algunos de sus clientes se han confirmado en el día de hoy tras conocer la entrada en vigor de sus nuevas “CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE ROAMING O ITINERANCIA INTERNACIONAL”. En ese texto legal, dejan claro lo que sucederá a partir del día de hoy.

DIGI mobil ‘pasa’ del fin del roaming en Europa

Aquí podemos leer que:

La cláusula 2.4 de estas condiciones de roaming aplicará a partir del 15 de julio de 2017 conforme a lo que establece dicha cláusula. Cualquier persona que utilice el servicio de roaming estará expresando que ha leído, entiende y acepta íntegramente estas condiciones particulares.

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En esa cláusula podemos leer:

El Servicio de Roaming UE está sujeto a la Regulación de Roaming de la Unión Europea, que establece que no deben existir recargos por utilizar este Servicio de Roaming en la UE, salvo autorización de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, “CNMC”). Por ello, a partir del 15 de junio de 2017 y hasta el 15 de julio de 2017, este tráfico se tarificará según las condiciones de la tarifa nacional que el Cliente tenga contratada con DIGI mobil.

No obstante lo anterior, una vez la CNMC haya autorizado a DIGI mobil a aplicar recargos en el Servicio de Roaming UE, conforme a la Regulación de Roaming de la Unión Europea, y para que DIGI mobil pueda mantener la sostenibilidad de su modelo de tarificación nacional, a partir del 15 de julio de 2017 DIGI mobil podrá ofrecer el Servicio de Roaming para llamadas y SMS en la UE, e incluso el Servicio de Internet Móvil (datos en roaming) en la UE, aplicando como máximo los recargos permitidos por la Regulación de Roaming de la Unión Europea, que se corresponden con la tarifa máxima por itinerancia al por mayor regulada, y que son, IVA incluido: 0,03872 euros/minuto en llamadas realizadas, 0,013068 euros/minuto en llamadas recibidas, 0,0121 euro/SMS enviado, y 9,317 euros/GB(o los que en su caso autorice la CNMC). Si el Cliente continúa haciendo uso del Servicio de Roaming UE con posterioridad al 15 de julio de 2017 se entenderá que acepta el cobro del Servicio de Roaming UE con los recargos autorizados por la CNMC. En caso de que la CNMC no autorice la aplicación de recargos solicitada por DIGI mobil, a partir del 15 de julio de 2017, DIGI mobil dejará de prestar el Servicio de Roaming UE al Cliente.

Es decir, DIGI mobil planea pedir autorización a la CNMC para seguir cobrando el roaming y si el cliente continúa utilizando el roaming más allá del 15 de julio, entenderá que acepta el cobro de este servicio. La operadora argumenta que esto se realiza para asegurar su sostenibilidad económica. Hasta el 15 de julio y desde hoy, sí ofrecerá roaming sin coste.

¿Qué os parece?

 

Fuente: DIGI Mobil | adslzone