Hoy en día es muy común el trabajo a distancia en algunas compañías con el fin de facilitar la relación entre trabajador y empresa y que todo sea más cómodo para llevar a cabo aquellas funciones que no requieran un acto presencial. De hecho, la pandemia impulsó el auge del teletrabajo allá por el 2020, de tal manera que es una práctica que se ha impuesto en muchos departamentos. Pero, entramos en la controversia de siempre: ¿es productivo teletrabajar desde casa? Si bien el teletrabajo puede llegar a tener muchas ventajas, no siempre es favorable para las empresas. Veamos este caso en concreto.

Despido procedente por incumplir horarios

Un empleado perteneciente a la compañía de ventas Salesland fue despedido en 2022 de forma disciplinada por orden de un juez debido a su bajo rendimiento desde el puesto de trabajo que ocupaba en su casa. Un perito informático así lo ha corroborado tras observar que el trabajador no se encontraba en su puesto de trabajo en su horario laboral estipulado, de tal forma que incluso llegó a desaparecer hasta dos días completos abandonando sus funciones de responsabilidad. Según el magistrado, se trata de incumplimientos muy graves reflejados en los artículos del Convenio Colectivo del ámbito estatal del sector de Contact Center.

En la sentencia se ratifica también la deslealtad, falsedad, el fraude, el abuso de confianza y el hurto o robo tanto a otros compañeros de trabajo como a la propia empresa, rompiendo una relación laboral que ha durado más de diez años. En base a esto, a pesar de que en un primer momento el Juzgado de lo Social número 47 de Madrid imponía una indemnización de 19.000 euros presentada por el trabajador, lo cierto es que el TSJ de Madrid ha desestimado el recurso, poniendo por delante la demanda de suplicación de la compañía y alegando que es despido procedente.

¿El teletrabajo es contraproducente?

Llegados a este punto, hay que discernir entre varios casos puntuales de empresas que, desgraciadamente, cuentan con empleados a los que otorgan su plena confianza y no logran ser correspondidas. Pero no siempre es así. El teletrabajo puede ser acordado entre la empresa y el trabajador siempre que haya una conformidad entre ambas partes, aunque también corresponde un derecho para el propio empleado en situaciones extremas, ya sea porque te vas a vivir a otra ciudad o porque no tienes ningún medio para acudir a trabajar presencialmente. Pero principalmente se exige ese derecho para cumplir con la conciliación familiar.

Sea como fuere, el teletrabajo ofrece otros muchos beneficios entre empresa y trabajador, por ejemplo el ahorro de costes al evitar desplazamientos y la disminución de emisiones de carbono, optimización y gestión del tiempo de trabajo o mayor comodidad a la hora de trabajar en un ambiente más personal, entre otros.

 

Fuente: Economist & Jurist | adslzone