Inmersos en plena recta final del año, es el momento en el que Hacienda comunica muchos de los cambios en materia fiscal que van a aterrizar de cara al próximo año. Como no podía ser de otro modo, una de las baterías de medidas más importantes estarán dedicadas a continuar añadiendo herramientas que permitan al fisco luchar contra el fraude fiscal y el dinero en B.
Uno de los principales focos de atención de Hacienda siempre ha sido Bizum, dado el poco control que tiene sobre este servicio gratuito. Pese a que durante los últimos años ha añadido diferentes mecanismos de control, la mayoría de ellos se han enfocado principalmente en los autónomos y las empresas. A partir del 1 de enero, cualquier contribuyente estará en el punto de mira.
Cualquier contribuyente se podrá enfrentar a una inspección
Hasta ahora, el fisco necesitaba reunir bastantes pruebas para que se pudiera iniciar una inspección a cada contribuyente, amparándose en el derecho de proporcionalidad. Sin embargo, todo cambia a partir del 1 de enero. La Agencia Tributaria tendrá plena potestad para acceder a toda la información relativa a los movimientos de dinero con tarjeta o a través de plataformas de pago, como Bizum.
Es decir, cualquier Bizum, pago por transferencia o pago con tarjeta estará supervisado por Hacienda. La AEAT ha logrado eliminar cualquier límite existente hasta ahora y abre las puertas a que el organismo pueda estudiar tanto como necesite sobre los movimientos de los contribuyentes.
Según recoge Expansión después de haber pedido opinión a diferentes expertos del sector, esta nueva situación “podría incrementar el número de comprobaciones a los contribuyentes”. Este tipo de actuaciones, normalmente reservadas a empresas y autónomos, llegarán a cualquier ciudadano.
Las entidades informarán mensualmente de todos tus movimientos
Una de las claves para que Hacienda pueda acceder a esta información recae sobre una nueva obligatoriedad sobre el sector bancario. A partir del 1 de enero, todas las entidades deberán compartir una vez al mes toda la información que tengan sobre sus clientes en torno a los movimientos con tarjeta.
Además de los Bizums, en estos documentos también se recogerá información sobre los pagos con tarjeta que se realicen o se reciban, con independencia de que se trate de un autónomo, una empresa o un contribuyente.
| Aspecto | Normativa hasta 31/12/2025 | Normativa desde 01/01/2026 |
|---|---|---|
| Periodicidad del reporte | Anual | Mensual |
| Umbral para reporte de cobros (empresas/profesionales) | Operaciones superiores a 3.000€ anuales | Sin umbral (se reporta todo) |
| Sujetos obligados a informar | Entidades de crédito | Se amplía a entidades de pago y de dinero electrónico |
| Supervisión de gastos con tarjeta | No existía un reporte específico de este tipo | Reporte anual para gastos superiores a 25.000€ |
Dudas sobre la intimidad de los contribuyentes
Los expertos que han sido consultados por Expansión afirman que esta nueva metodología plantea diferentes dudas legales. Una de ellas tiene que ver con el derecho a la intimidad de las personas. El hecho de que se haya eliminado cualquier límite anterior, provoca que haya una “clara incidencia en la intimidad del contribuyente”.
La principal diferencia con la situación actual es que el fisco ya no necesitará procedimientos de inspección más restrictivos. Sino que podrán investigar a cualquier persona a través de los documentos que enviarán las entidades bancarias.
Por último, es importante recordar que a partir del próximo día 1 de enero, Hacienda también intensificará las investigaciones sobre todas aquellas personas que gasten más de 25.000 € al año con tarjeta. Una medida que también busca acabar con el dinero en B, pero que añade un foco extra sobre el control que el fisco tendrá en torno a nuestro dinero.
Fuente: adslzone
