El uso de patinetes y bicicletas en España ha aumentado en los últimos años. Cada vez más ayuntamientos tienen más calles adaptadas, con carriles bici o áreas que comparten con otros vehículos. Es probable que hayas escuchado alguna vez el falso mito de que, si superas la tasa de alcoholemia permitida por ley mientras conduces un patinete o la bici, podrían retirarte puntos del carné. No obstante, no hay ninguna normativa vigente que recoja esta penalización.

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Sanciones por haber bebido

El Reglamento General de Circulación de la DGT, publicado en el BOE, sí que estipula que los conductores de bicis y patinetes no pueden conducir después de haber bebido. Sin embargo, las sanciones no son las mismas:

  • De 0,15 mg/l a 0,6 mg/l por aire espirado: 500 euros de multa.
  • Más de 0,6 mg/l por aire espirado: 1.000 euros de multa.

En el último supuesto, hay dudas sobre si se podría acabar en el juzgado, como ocurre con los conductores de coches, motos, camiones y más. En el artículo 379 del Código Penal, viene recogido que esto solo afecta a los que conduzcan «un vehículo de motor o un ciclomotor», por lo que los patinetes y bicicletas están exentos.

Normas de la DGT que un ciclista debe cumplir

Además de que la DGT prohíbe beber a los usuarios mientras conducen una bicicleta, hay otras normativas importantes a tener en cuenta si eres ciclista:

  • No usar el móvil o auriculares. Si te pillan usando alguno de estos dispositivos mientras conduces, la multa es de 200 euros.
  • Si llevas a un pasajero de hasta 7 años, deberá ir en un asiento adicional homologado y tendrás que ser mayor de edad. En el caso de que un agente se dé cuenta de que incumples esta norma, la multa es de 100 euros.
  • Obligatorio llevar luces encendidas en la parte delantera y trasera al circular de noche, en pasos inferiores o por túneles. Si no lo haces, podría suponer una multa de hasta 200 euros.
  • Los ciclistas deben ceder el paso a los peatones cuando esté debidamente señalizado o al girar para entrar a otra vía aunque no haya paso. Lo mismo ocurre cuando no tienen prioridad en cualquier otra intersección. Quienes no respeten esas prioridades deberán pagar 200 euros.
  • Antes de incorporarse a una vía, los ciclistas deben comprobar si hay otros vehículos cerca, asegurarse de que no hay peligro y señalizar la maniobra. No hacerlo implica pagar una multa de 200 euros.
  • Obligatorio señalizar cualquier maniobra (giros, cambios de sentido, cambios de carril). Si te pillan sin hacerlo, podría costarte 200 euros de multa.
  • Respetar las señales. Dependiendo del tipo de señalización, la multa puede ir de los 150 a los 500 euros.
  • No llevar casco. En algunas ciudades, es siempre obligatorio; pero a nivel nacional, solo se exige a menores de 16 años o en carreteras. No tenerlo puesto, puede derivar en una multa de hasta 200 euros.
  • Cruzar el paso de peatones andando. Los ciclistas deben bajarse de la bicicleta para circular por un paso de peatones. Si no lo hacen, la multa es de 200 euros. Si van con la bici por aceras y zonas peatonales que no lo permitan, la multa es de 100 euros.
  • En carretera, los ciclistas deberán usar el arcén de su derecha si existe. Solo podrán abandonarlo en descensos prolongados si es seguro. Cuando un agente ve que se saltan esa norma, pueden sancionar con 200 euros de multa.

 

Fuente: adslzone