Pese a que el uso de la tarjeta de débito o de crédito está cada vez más extendido, todavía son muchos los países en los que el pago en efectivo tiene un gran protagonismo. Un escenario que no debería ser un problema, si no fuera por las comisiones que nos cobran los cajeros de otros países cuando queremos extraer dinero con nuestra tarjeta española.

Pero, ¿cuáles son las comisiones que está permitido que nos cobren? El Banco de España ha aprovechado esta época del año para dar a conocer las diferentes comisiones que deberemos abonar si queremos utilizar nuestra tarjeta en el extranjero.

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Las comisiones en nuestro país

Cuando nos encontramos dentro de nuestras fronteras y sacamos dinero en un cajero que no es el de nuestra entidad, que nuestro banco no nos cobre una comisión, no quiere decir que la operación esté exenta de las mismas. Es posible que la entidad propietaria del cajero sí que cobra la comisión pertinente a nuestro banco y, a posteriori, nos la pase a nosotros de manera parcial o total. O, incluso, que tengamos un acuerdo que nos permita realizar un porcentaje de extracciones sin coste para nosotros.

No obstante, cuando viajamos a otro país, la situación cambia por completo. En este caso, no es tan fácil saber qué comisiones nos van a cobrar por las retiradas en efectivo. Uno de los aspectos que condicionará la comisión en cuestión será si visitamos un país de la zona euro o no. O si estamos utilizando una tarjeta de crédito o de débito. Por lo tanto, es importante comunicarnos con nuestro banco para conocer cuál es su política al respecto.

Algunas comisiones

El Banco de España expone algunos ejemplos de comisiones que es posible que tengamos que afrontar cuando estamos en otro país. La primera de ellas es la tarifa cobrada por los emisores de la tarjeta. Las entidades emisoras tienen un coste por retirada en efectivo en otros países que varía en función de la divisa y el importe. La comisión por divisa suele tener una comisión de, aproximadamente, un 3%. Mientras que la retirada en efectivo grava una comisión de un 4 / 5 % sobre la cantidad dispuesta.

Además, también advierte que la entidad propietaria del cajero puede cobrarnos si no somos clientes. La cuantía total dependerá de la divisa y del importe retirado. Puede que en ese mismo momento no nos repercuta la comisión y se demore un poco en el tiempo, pero si está incluido en su tarifario, seguro que terminamos teniendo que abonarla.

Por último, otra de las acciones más comunes es el sobreprecio que deberemos abonar en el tipo de cambio. El organismo advierte que el tipo de cambio que suelen utilizar las tarjetas y los cajeros incluyen un margen de compensación por el riesgo para el emisor de la tarjeta o el administrador del cajero. En este caso, también deberemos hacer frente a algún tipo de comisión.

En caso de duda, siempre debemos contactar con nuestra entidad bancaria para despejar cualquier duda que pueda llegar en el momento menos esperado en forma de comisión.

 

Fuente: adslzone