La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes españoles la posibilidad de presentar la declaración de la renta de manera telefónica a partir de mañana, 7 de mayo. Para poder hacer uso de este servicio, es importante que tengamos en cuenta que será necesario hacer uso del sistema de cita previa para poder acordar una llamada con un agente especializado que nos ayude durante todo el procedimiento y que contamos con un plazo determinado para poder presentarla a tiempo.

Cita previa necesaria

Con el objetivo de evitar el colapso de las líneas y facilitar un buen servicio a todos los interesados, para poder acceder realizar la declaración de la renta por teléfono es necesario que, previamente, hayamos cogido una cita previa. El sistema de cita previa está abierto desde el pasado 29 de abril y permanecerá abierto hasta el próximo 28 de junio a través de estas vías:

  • En el enlace de la Agencia Tributaria, tras identificarnos con NIF/NIE, con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
  • A través de la app «Agencia Tributaria»
  • Mediante una llamada al teléfono automático: 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
  • Mediante llamada telefónica al 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Qué hacer después

Una vez tenemos la cita previa, ¿cuál es el siguiente paso? El organismo tributario comenzará a llamar a partir de mañana, respetando siempre el turno de citas estipulado. Para evitar caer en estafas, también conocemos cuáles son los dos números desde los que llama la Agencia Tributaria. En el caso de que el número sea nacional, el número desde el que se pondrán en contacto con nosotros será el 810 520 052. Si hemos proporcionado un teléfono extranjero, el número será el 917276222.

Además, y siguiendo las indicaciones de Hacienda, también debemos recordar cuáles son los documentos que debemos tener preparados antes de recibir la llamada:

Para poder recibir atención personalizada, es imprescindible que esté presente la persona o personas titulares, puesto que la llamada será grabada. Además, en el caso de habernos registrado en el sistema Cl@ve, deberemos tener a mano el móvil con que comunicamos en el registro, para recibir el código que nos mandarán.

En cuanto a la documentación, deberemos tener el DNI original del titular de la cita y la fotocopia de todos los DNI que figuren en la declaración. Además, también tenemos que contar con el número IBAN de la cuenta bancaria con la que vamos a hacer el pago o recibir la devolución. Así como las referencias catastrales de todos los inmuebles de nuestra propiedad o en la que estemos de alquiler o en otras circunstancias. Por último, también tenemos que contar con cualquier justificante que pueda dar derecho a deducciones autonómicas o cualquier otro beneficio fiscal.

 

Fuente: Agencia Tributaria | adslzone