A medida que la tecnología ha ido evolucionando, la Agencia Tributaria ha ido incorporando nuevos métodos de seguimiento y de control con los que asegurar la legalidad de todos los movimientos de sus ciudadanos. Si bien es cierto que en la mayoría de los casos, para realizar una transferencia de dinero no tenemos que dar ninguna explicación a nadie, más allá de tener que introducir nuestros datos y los del destinatario en nuestra aplicación bancaria, la realidad no es siempre igual de sencilla. Especialmente si vamos a mover grandes cantidades de dinero. Una situación muy similar a la que nos tendríamos que enfrentar en el caso de que, en vez de realizar una transferencia, fuera un ingreso bancario.

Todo ello queda recogido dentro de la Ley 10/2010, de 28 de abril, que permite identificar cualquier movimiento sospechoso que pueda tener como objetivo tanto un posible blanqueo de capitales como, incluso, la financiación de algún acto terrorista. Te contamos algunos de los detalles más interesantes al respecto.

La cantidad máxima sin dar explicaciones

Actualmente, las entidades bancarias están obligadas a tener que informar a la Agencia Tributaria cuando se hayan llevado a cabo ciertos movimientos que están debidamente identificados. En el caso de los ingresos en efectivo, la cantidad máxima que podemos ingresar sin tener que dar explicaciones es de 3000 euros. Superada esta cantidad, en el momento de realizar el ingreso tendremos que aportar algún tipo de justificación en un documento que el propio banco nos proporcionará. Esta situación es bastante habitual si, por ejemplo, nos cambiamos de entidad bancaria y queremos mover el dinero físicamente.

Que el banco informe a la Agencia Tributaria no quiere decir que automáticamente vayamos a recibir una notificación por parte de Hacienda. Por ejemplo, un simple movimiento de una entidad a otra se justifica por sí solo y no vamos a tener ningún problema a la hora de explicarlo, incluso en el caso de que se nos solicita dicha justificación.

Algunos otros datos de interés

Además de la cantidad mencionada previamente, también existen otros muchos datos que son de interés. Por ejemplo, en España el límite de pago en efectivo es de 1000 euros. Por encima de esta cantidad, deberá realizarse vía transferencia bancaria o, si es posible, con tarjeta. Siempre en función de las características de la transacción en cuestión.

Otro de los aspectos que causan cierta polémica es lo relativo a los billetes de 500 euros. Si bien es cierto que son considerados de curso legal, estos dejaron de emitirse en abril de 2019. El objetivo es reducir, por un lado, las operaciones en efectivo de gran valor. Y, por otro, evitar las economías en B. Su uso está tan vigilado que si queremos ingresarlo en el banco, nuestra entidad informará a Hacienda y es posible que nos pregunten sobre el origen en cuestión del billete. Si es lícito, no deberá haber ningún problema una vez proporcionemos toda la información que nos solicita.

En el caso de que realicemos ingresos recurrentes de cantidades similares, también podríamos estar expuestos a que nuestros datos lleguen a la Agencia Tributaria para una posible investigación al respecto. Mientras que en el caso de las transferencias financieras, el umbral se eleva a los 10.000 euros sin tener que dar explicaciones de ningún tipo.

 

Fuente: adslzone