Por más que uno se piense que con el último pago de la hipoteca todo ha terminado, lo cierto es que queda pendiente un trámite en concreto. Pero, es importante recalcar que no es obligatorio, aunque sí que es recomendable. Tal y como nos recuerda el Banco de España, aunque hayas pagado por completo la hipoteca, aún sigue saliendo la deuda en el Registro de la Propiedad.

¿Cuánto dinero cuesta?

Este trámite en particular tiene un coste aproximado, entre gastos de notario y registrador, de entre 120 y 150 euros. Además de este coste, hay que sumar los aranceles del Registro de la Propiedad que, en este caso, son unos 35 euros. Los gastos para la cancelación de la hipoteca ten en cuenta que están regulados según el Real Decreto-ley 18/2012, del 11 de mayo. Por tanto, el importe exacto dependerá en todo momento de la cuantía del préstamo. Al igual que los honorarios de la gestoría, que dependen de cada compañía.

En sí, no es necesario realizar la cancelación de la hipoteca. Básicamente, porque una vez que se pague el préstamo, el simple hecho de que figure en el registro no implica nada ni tiene ningún tipo de trascendencia para los propietarios, al menos a corto y medio plazo. Por lo que no es necesario llevar a cabo este trámite en particular. Sin embargo, hay un caso en concreto que sí te hará cancelarla.

Además, una vez pasen 20 años desde que se finalizó el pago del préstamo, hay que tener en cuenta que se cancela automáticamente por caducidad. Es decir, el Registro de la Propiedad procederá a cancelarla de forma automáticamente sin coste alguno pasado ese tiempo.

  • ¿Vas a vender el inmueble?

En caso de que quieras vender la casa o inmueble, entonces sí que será necesario cancelar la hipoteca. Básicamente, porque la vivienda no queda de forma automática libre de cargas. Por lo que al venderla tendrás que cancelarla en el Registro de la Propiedad. Aunque recuerda que la carga prescribe también a los 20 años desde que se terminó de pagar el crédito.

  • Los trámites que hay realizar

Para cancelar el préstamo en el Registro puedes llevar a cabo esta serie de pasos:

    • Solicita a la entidad bancaria con la que firmaste la hipoteca el certificado de deuda cero. Este documento se entrega de manera gratuita.
    • Puedes acudir a una notaría para presentar el certificado para la firma de la escritura pública de cancelación.
    • Luego, hay que solicitar y cumplimentar el documento de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Es obligatorio y está exento de pago.
    • Por último, con la copia del impuesto, el certificado de deuda cero y la escritura, en el caso de que hayas realizado este trámite por tú cuenta, tendrás que acudir al Registro de la Propiedad para hacer efectiva la cancelación.

 

Fuente: Banco de España | adslzone