Muchos recordaréis el famoso caso de Euskaltel que se inició hace ya cuatro años, donde cientos de usuarios del operador fueron denunciados por haber descargado películas y series. El caso fue llevado en dos juzgados diferentes, y mientras en uno los usuarios fueron absueltos, en otro fueron condenados por descargar películas con 150 euros, y 100 euros por cada capítulo de serie.

Se pueden recopilar direcciones IP

Euskaltel denunció los hechos a la AEPD, y dos años después, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha tenido que pronunciar un caso idéntico, donde la empresa Mircom International Content Management & Consulting denunció al operador Telenet BVBA de Bélgica. En ella, se buscaba obligar que el operador facilitase los datos de identificación de sus clientes basándose en las direcciones IP que Mircom había recopilado a través de torrent. Entre ellas, había películas disponibles en su catálogo. Telenet se opuso a ceder los datos, y el Tribunal de Justicia solicitó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclaraciones con respecto a varias dudas del caso.

En primer lugar, en la respuesta, el Tribunal ha determinado que compartir contenido en redes P2P constituye una comunicación o puesta a disposición al público de información.

En segundo lugar, un titular de derechos como Mircom puede acogerse al sistema de protección de esos derechos, pero la petición ha de ser no abusiva, justificada y proporcionada.

En tercer lugar, el registro sistemático de direcciones IP de usuarios de esa red y la comunicación de sus nombres y direcciones postales al referido titular o a un tercero para permitir la presentación de una demanda de indemnización son admisibles si se cumplen determinados requisitos.

La justicia defiende a los propietarios de derechos

Como vemos, el tribunal se reafirma sobre algunas de estas cuestiones. En el pasado se había criticado que considerasen las redes P2P como poner a disposición del público un contenido, ya que no se están descargando obras íntegras, sino partes de ellas, y además se hace de manera automática sin que el usuario dé su consentimiento directo. Sin embargo, el Tribunal determina que se está poniendo a disposición la obra completa tras descargarla, y que los otros usuarios pueden usar esas partes para reconstituirla con facilidad, siendo un acto de puesta a disposición.

En cuanto a la protección de los derechos Mircom, el tribunal declara que no puede considerarse inadmisible por el solo hecho de haber sido formulada en una fase anterior al ejercicio de la acción jurisdiccional, aunque respetando siempre que sea justificada, no abusiva y proporcionada.

El asunto más grave quizás es el de que el Tribunal de Justicia declara que «el Derecho de la Unión no se opone, en principio, ni al registro sistemático, por parte del titular de derechos de propiedad intelectual y por parte de un tercero que actúe por cuenta de este, de direcciones IP de usuarios de redes entre pares (peer-to-peer) cuyas conexiones de Internet supuestamente se utilizaron en actividades infractoras contra la propiedad intelectual (tratamiento de datos inicial)». Tampoco se opone a la «comunicación de los nombres y de las direcciones postales de esos usuarios al comentado titular o a un tercero para la presentación de una demanda de indemnización».

Por tanto, tal y como apunta el abogado especializado en materia intelectual, David Maeztu, esto es una mala noticia para los usuarios, sobre todo el último punto en el que se da amparo a las empresas a que recopilen las direcciones IP de los usuarios que compartan contenidos en redes P2P, y que posteriormente puedan solicitar a los operadores que los identifiquen usando los datos de abonado asociado a la IP. La dirección IP no implica identificar al culpable, ya que varias personas usan una misma IP pública, o el dueño de la red puede tener un infiltrado en su red.

 

Fuente: UE | adslzone