DIGI mobil siempre ha sostenido que el roaming podía poner en peligro la compañía debido a los costes a los que podría verse sometida en el futuro. Por ello, en las clausulas de sus contratos incluyeron el siguiente texto:

El Servicio de Roaming UE está sujeto a la Regulación de Roaming de la Unión Europea, que establece que no deben existir recargos por utilizar este Servicio de Roaming en la UE, salvo autorización de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, “CNMC”). Por ello, a partir del 15 de junio de 2017 y hasta el 15 de julio de 2017, este tráfico se tarificará según las condiciones de la tarifa nacional que el Cliente tenga contratada con DIGI mobil.

No obstante lo anterior, una vez la CNMC haya autorizado a DIGI mobil a aplicar recargos en el Servicio de Roaming UE, conforme a la Regulación de Roaming de la Unión Europea, y para que DIGI mobil pueda mantener la sostenibilidad de su modelo de tarificación nacional, a partir del 15 de julio de 2017 DIGI mobil podrá ofrecer el Servicio de Roaming para llamadas y SMS en la UE, e incluso el Servicio de Internet Móvil (datos en roaming) en la UE, aplicando como máximo los recargos permitidos por la Regulación de Roaming de la Unión Europea, que se corresponden con la tarifa máxima por itinerancia al por mayor regulada, y que son, IVA incluido: 0,03872 euros/minuto en llamadas realizadas, 0,013068 euros/minuto en llamadas recibidas, 0,0121 euro/SMS enviado, y 9,317 euros/GB(o los que en su caso autorice la CNMC). Si el Cliente continúa haciendo uso del Servicio de Roaming UE con posterioridad al 15 de julio de 2017 se entenderá que acepta el cobro del Servicio de Roaming UE con los recargos autorizados por la CNMC. En caso de que la CNMC no autorice la aplicación de recargos solicitada por DIGI mobil, a partir del 15 de julio de 2017, DIGI mobil dejará de prestar el Servicio de Roaming UE al Cliente.

La CNMC permite a DIGI mobil cobrar el roaming en Europa

Sin embargo, han tenido que esperar algo más de tiempo para recibir la autorización de la CNMC. Este organismo ha autorizado a la OMV a “aplicar un recargo cuando ofrece a sus clientes los servicios móviles en itinerancia, conocidos como roaming”. Este es un caso excepcional recogido en el Reglamento Europeo y que les permite mantener su esquema de tarifas nacionales.

roaming-1

El regulador nacional ha autorizado a DIGI mobil a aplicar unos recargos inferiores a los que había solicitado, ya que sólo deben cubrir costes que no pueda recuperar al prestar sus servicios regulados de roaming. Estos recargos serán válidos por 12 meses y serán de:

  • 0,0179 euros/minutos para llamadas salientes
  • 0,01 euros/SMS enviado
  • 0,0043 euros/MB (hasta el 31 de diciembre de 2017)
  • 0,0034 euros/MB (a partir del 1 enero de 2018)

De esta forma, los clientes de DIGI mobil deberán ser conscientes de esta realidad y de los posibles recargos en forma de factura de mayor importe que se pueden generar con el uso del móvil en roaming en Europa. La gran pregunta es, ¿Otros operadores optarán por seguir los pasos de Digi?

 

Fuente: CNMC | adslzone