A partir de hoy 1 de enero de 2022 entra en vigor el código de conducta pactado por los grandes operadores de nuestro país. Aunque tenemos muchas medidas que protegerán al consumidor, lo que más revuelo ha causado es la prohibición de llamar a ciertas horas. De hecho, a partir de hoy, se prohíbe realizar llamadas con fines comerciales antes de las 10 de la mañana y entre las 15 y las 16 horas de cualquier día de la semana.

Es decir, ni nos despertarán un fin de semana para ofrecernos un descuento especial ni interrumpirán nuestra siesta con la oferta especial de un móvil que no podemos rechazar. Además, nos vamos a despedir también de llamadas fraudulentas que nos engañen con subidas de precio. Todo esto se hará aumentando también las garantías de cumplir la Lista Robinson.

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¿Qué dice el nuevo Código Deontológico?

Como ya os hemos contado, este código refuerza fuertemente las medidas firmadas en 2010. En concreto, en todo lo siguiente:

  1. No a las llamadas engañosas: Se garantiza que se controlarán, a través de auditorías, las actuaciones de los distribuidores y otras plataformas de emisión de llamada para que no utilicen medios engañosos, fraudulentos ni, en general, desleales para la competencia y se aumente el control para que no se puedan obtener datos del consumidor y/o contestaciones que pudieran interpretarse como una aceptación al cambio de operadora, ni tampoco obtener del consumidor cualquier otro comportamiento económico.
  2. Cumplir con la Lista Robinson: Se aumentan las garantías para que los clientes incluidos en sistemas de “Listas Robinson” no sean contactados.
  3. Adiós a las llamadas a deshoras: Se garantiza que las llamadas comerciales no se realizarán antes de las 9:00 horas ni después de las 21:00 horas y nunca en sábados, domingos y festivos. Los operadores ya han iniciado los cambios en sus respectivas operativas para asegurar, adicionalmente, que, a lo largo de los próximos meses, y como máximo a partir del 1 de enero de 2022, dejen de realizarse llamadas comerciales antes de las 10h o entre las 15h y las 16h.
  4. Límite de intentos de llamadas: Se limita a un máximo de tres intentos mensuales el número de tentativas de llamada a clientes no contactados.
  5. No es no: Se garantiza que, cuando un potencial cliente conteste una llamada y manifieste no tener interés por la propuesta comercial, la operadora no le vuelva a llamar en un plazo de tres meses.
  6. Llamada en otro momento: Se ofrecerá al consumidor receptor de la llamada, efectuar y, en su caso, solicitar una llamada de vuelta (“callback”) si en el momento del contacto el mismo no pudiera tener la conversación comercial.

 

Fuente: adslzone