Impedir que el pasado que dejaste en Internet te persiga es posible, sin embargo, no siempre se aplica. Este derecho en particular tiene una serie de limitaciones que no se pueden pasar por alto. Por lo que lleva a que no siempre te sirva de ayuda cuando quieras ejercer tu derecho al olvido en España.

Qué es el Derecho al olvido

Se conoce coloquialmente como ‘Derecho al olvido‘, pero es el derecho que tienen los usuarios de suprimir ciertos datos personales que aparecen en los resultados de una búsqueda en Internet. Es decir, a través de los diferentes buscadores que existen.

Cuando se trata de información falsa, desactualizada, irrelevante o que vulnera los derechos al honor, la intimidad y a la protección de datos personales, entonces las personas pueden ejercerlo. Por tanto, podrás solicitarlo si se cumplen estos factores.

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Y un punto clave de esto es que cualquier ciudadano particular tiene una mayor probabilidad de que se aplique con éxito. En cambio, si se trata de una figura pública, será más difícil por el hecho de que podría prevalecer el interés público a estar informado.

¿Cuál es su base jurídica?

En España, la base jurídica que hay tras el derecho de supresión es el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) – artículo 17 («Derecho de supresión»). Y dice lo siguiente:

  • 1.»El interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los
    datos personales que le conciernan, el cual estará obligado a suprimir sin dilación indebida los datos personales cuando
    concurra alguna de las circunstancias siguientes«:
    • Cuando los datos que se habían recogido o tratados ya no son necesarios para dicha finalidad
    • Cuando se retira el consentimiento
    • Si los datos se han tratado ilícitamente
    • Siempre se tienen que eliminar en caso de que se tenga que cumplir con la obligación legal establecida en el Derecho de la Unión o de los Estados miembros.
  • 2. «Cuando haya hecho públicos los datos personales y esté obligado, en virtud de lo dispuesto en el apartado 1, a
    suprimir dichos datos, el responsable del tratamiento, teniendo en cuenta la tecnología disponible y el coste de su
    aplicación, adoptará medidas razonables, incluidas medidas técnicas, con miras a informar a los responsables que estén
    tratando los datos personales de la solicitud del interesado de supresión de cualquier enlace a esos datos personales, o
    cualquier copia o réplica de los mismos«.

Y ya dentro del artículo del RGPD se explica que hay una serie de excepciones por las que no se aplicará lo que establecen los apartados 1 y 2:

  • Por razones de interés público.
  • Si prevalece el derecho a la libertad de expresión e información.
  • Si tiene fines de investigación científica o histórica, así como estadísticos.

También está la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que hizo pública el 13 de mayo de 2014, en la cual se establece lo que ya estaba aplicando en nuestro país la Agencia Española de Protección de Datos.

¿Desaparece todo el rastro de una persona en Internet?

La realidad es que no desaparece todo. Por ejemplo, en Google explican lo siguiente: «Solo retiraremos contenido de los resultados de búsqueda de consultas relacionadas con su nombre. Es posible que el contenido que retiremos en relación con su nombre siga apareciendo en los resultados de otras consultas«.

Y, como determina la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE -de 13 de mayo de 2014-, la información no desaparece de Internet si se ejerce el derecho frente a un buscador. Básicamente, únicamente afecta a los resultados que se muestren en las búsquedas -por ejemplo, si buscas tu nombre-. Sin embargo, no hace que la página sea eliminada de los resultados ni de la fuente original.

Hay que tener en cuenta, como explica la AEPD, que «las fuentes permanecen inalteradas y el resultado se seguirá mostrando cuando la búsqueda se realice por cualquier otra palabra o término distinta al nombre del afectado«.

Cómo se puede solicitar

Para ejercer este derecho hay que acudir directamente con la empresa que trata tus datos o con el buscador en particular. Más que nada porque la normativa de protección de datos así lo establece a la hora de que un usuario quiera ejercer este derecho.

Si no sabes qué formulario presentar, puedes acudir directamente a la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos), donde se ofrece el siguiente formulario del derecho de supresión. Lo puedes enviar al responsable en concreto para que lo aplique. Y si no obtienes respuesta o no te lo conceden, puedes entrar en la sede electrónica de la AEPD donde encontrarás la sección de ‘Reclamaciones’.

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Si quieres acudir a un buscador en particular, estas son las soluciones específicas en opciones como Google, Bing (Microsoft) o Yahoo:

En estas solicitudes se pide que los usuarios pongan las URLs específicas en las que se muestra el contenido que quieres que se retire. Además, será necesario ofrecer una descripción de la relación que tienes con dicho contenido y expresar cuáles son los motivos por los que quieres que se elimine. También es importante ofrecer la consulta de búsqueda, por ejemplo, si es una información relacionada con tu nombre y apellidos. Por lo que toda información que aportes será de gran ayuda para que apliquen tu solicitud.

Y si quieres comprobar si la solicitud se ha hecho efectiva, debes tener en cuenta que dependerá de si pediste a Google -u otro buscador- que eliminase cierta información o si se trató de una solicitud a una empresa. En el primer caso, basta con realizar una serie de búsquedas en tu navegador para comprobar si dicha información se sigue mostrando o no. Y en el segundo, hay que esperar a que la AEPD o el responsable del tratamiento de dicha empresa te confirme que se ha borrado esa información de Internet.

 

Fuente: adslzone