La Lista Robinson es un servicio que nos permite evitar la publicidad no deseada de forma rápida y gratuita. Teóricamente, si nos apuntamos a ella, las empresas no pueden llamarnos o contactar con nosotros por email u otras vías a no ser que demos nuestro consentimiento expreso.

Es posible que, aunque estés apuntado a dicho servicio y no hayas dado tu permiso, te sigan llegando llamadas molestas al smartphone. Esto puede deberse a que te hayas apuntado a la Lista Robinson hace poco, ya que tarda unos tres meses en ser hacer efecto. Sin embargo, si ya ha pasado ese periodo y te siguen bombardeando con llamadas spam, hay una pregunta que seguro que te funciona para disuadir a los comerciantes.

«¿De dónde habéis sacado mi número?»

Los usuarios españoles estamos amparados por la «Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales». El artículo 11 de esta normativa recoge las pautas de «transparencia e información al afectado» que las empresas deben cumplir.

En un principio, si estamos suscritos en la Lista Robinson y no hemos dado nuestro consentimiento para recibir llamadas, las compañías no pueden llamarnos con fines comerciales. Si lo hacen, conviene preguntarles lo siguiente (o algo parecido): «¿De dónde habéis sacado mi número?«.

Ante esta cuestión, el teleoperador deberá hacernos saber cómo han obtenido nuestros datos. En el supuesto de que se nieguen a responder, estaría cometiendo una ilegalidad y podríamos amenazar con imponer una denuncia en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Como ya hemos mencionado antes, la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales establece que los ciudadanos españoles tenemos derecho a ser informados sobre el tratamiento de nuestros datos personales por parte de empresas.

Incluso aunque no estemos apuntados a la Lista Robinson, las compañías no pueden llamar a números aleatorios, según la normativa vigente. Si preguntamos cómo han conseguido el número, tendrán la obligación de informar sobre ello y demostrar que no lo han marcado al azar.

lista robinson

Horas no permitidas para llamadas publicitarias

La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de España establece unos horarios para las llamadas publicitarias. Si bien las marcas deben prestar atención al consentimiento de la ciudadanía y a la Lista Robinson, además de no llamar de forma aleatoria, también tienen que fijarse en un horario.

De acuerdo a la legislación citada, las firmas pueden llamar en las siguientes horas:

  • Los días de entre semana (lunes, martes, miércoles, jueves y viernes): de las 9:00 a las 21:00. Es decir, los días de fin de semana (sábado y domingo) está prohibido llamar. Tampoco se puede llamar en días festivos.

Además, cabe señalar que este horario afecta a todas las empresas a excepción de los operadores. En su caso, las horas en las que pueden llamar son distintas, según la normativa.

  • Los proveedores de telefonía móvil e Internet pueden llamar de 10:00 a 15:00 y, después, de 16:00 a 21:00. Estas franjas también hacen referencia a los días laborales.

Si te llaman fuera de los horarios establecidos, podrás denunciar la llamada como una infracción de consumo. Sin embargo, en esta situación, no tendrás que ir a la AEPD, sino a la Sede Electrónica de la Administración General del Estado.

 

Fuente: adslzone