Comprar un billete de avión requiere de la introducción de una serie de datos personales que, si no estamos concentrados, puede traducirse en una equivocación al no pulsar la tecla adecuada o confundirnos en algún campo concreto. Si bien es cierto que en condiciones normales no deberíamos tener ningún problema para poder modificarlos, lo estrictas que son las compañías aéreas provoca que enfrentarse a esta situación siempre genere un extra de incertidumbre.

La Agencia Española de Protección de Datos se apoya en el artículo 16 de la RGPD para manifestar que, en el caso de que cometamos algún error, no deberíamos tener que asumir ningún coste extra, haciendo uso del derecho de rectificación. No obstante, pese a ello, es posible que la compañía con la que volamos nos obligue a tener que pagar una tasa. A continuación, conocemos lo que dice la OCU al respecto.

Derecho de rectificación

En el momento en el que un pasajero comete un error cuando compra un billete en una página web, puede ejecutar el derecho de rectificación de sus datos personales, como hemos mencionado previamente. Ni las agencias de viajes ni las aerolíneas deben cobrar por corregir una errata, tal y como manifiesta la propia OCU.

El pasajero debe demostrar que no es un cambio de pasajeros, sino la dilución de un error”. Y, para ello, “deberá adjuntar la prueba, una copia del DNI”. Por tanto, es importante recalcar que estamos haciendo referencia a la situación de corregir un apellido que hemos escrito mal o corregir una fecha de nacimiento, pero no hacer un cambio de nombre en los billetes que hemos comprado. Ante esta situación, sí que deberíamos asumir el coste que queda reflejado en las condiciones de la compañía.

De acuerdo a la información que publica la OCU, en algunos casos no está permitido cambiar el nombre del billete, en otros sí, “pero pagando un coste que puede llegar a ser el equivalente a comprar un nuevo billete”. En este caso, nos invita a informarnos con la aerolínea para poder realizar la modificación correspondiente.

Reclamación en caso de cobro

La OCU también se detiene a informarnos de lo que tendríamos que hacer en el caso de que nos hayan cobrado por realizar una modificación en nuestro billete. El organismo lo tiene claro: si nos cobran por resolver un error, debemos reclamar. Para ello, deberíamos alegar que queremos ejercer nuestro derecho de rectificación y, por ende, las correcciones deberían ser gratuitas.

Deberíamos enviar un escrito (la OCU tiene un modelo en su propia página web) al servicio de atención al cliente, poniendo en copia a la persona responsable de la protección de datos de la aerolínea, cuyo contacto debería aparecer en la política de privacidad. Si, tras un mes, no obtenemos respuesta, tendremos que reclamar a la Agencia de Protección de Datos, exigiendo la devolución del importe pagado, en el caso de haber cedido.

 

Fuente: adslzone