En el caso del que os hablamos hoy, para que sirva como ejemplo, un menor creó una cuenta de Instagram falsa con la foto de otro menor. La AEPD ha condenado al padre con 10.000 euros por ser el responsable de los actos que cometa su hijo.

10.000 euros de multa

Muestra de ello es el hilo compartido en X, la antigua Twitter, por Samuel Parra, abogado especializado en el área tecnológica del Derecho y aficionado a la ciberseguridad. El letrado comparte la sentencia que ha condenado a un padre al pago de una multa de 10.000 euros por los actos cometidos por sus hijos haciendo uso del teléfono móvil. ¿Qué ha pasado?

El hilo dice así:

Un menor de edad crea un perfil en Instagram y pone como imagen de perfil la foto de otro menor de edad. ¿Consecuencias? La Agencia Española de Protección de Datos le pone una multa de 10.000 euros al padre del menor que subió la fotografía del menor.

La Guardia Civil traslada a la AEPD una denuncia presentada por la madre de un niño de 13 años, porque alguien creó un perfil en Instagram y puso como imagen de perfil la foto de su hijo. Además, en ese perfil colgó contenido sexual de otras personas adultas.

La AEPD solicita a META que aporte los datos identificativos del creador de ese perfil y la dirección IP desde la que se creó el perfil.

META aporta dicha información y la AEPD envía un requerimiento de información al operador de telefonía que asignó esa IP, DIGI SPAIN TELECOM. DIGI responde indicando quién es el titular de la línea telefónica asociada a esa IP en ese momento temporal concreto.

La AEPD abre procedimiento sancionador contra el titular de esa línea, que alega que fue una broma de su hijo menor de edad, sin intención de hacer daño y que dicho perfil no tuvo repercusión.

La AEPD aplica el artículo 1903 del Código Civil, que establece que los padres son responsables de los daños causados por sus hijos. La AEPD entiende que el deber de cuidado y vigilancia de los hijos incluye la vigilancia de elementos tecnológicos.

Finalmente impone una multa de 10.000€ al titular de la línea telefónica (el padre del niño que creó el perfil). Conclusión: vigilad lo que hacen vuestros hijos en Internet porque sus actos pueden tener consecuencias muy graves.

Control del uso de móviles por parte de los niños

El tema del uso de los teléfonos móviles por parte de menores de edad está de nuevo sobre la mesa y esta resolución añade el peligro añadido de tener consecuencias sobre los adultos a cargo.

Control-parental

Sin embargo, también se considera que tiene efectos nocivos sobre los menores de edad. La Asociación Española de Pediatría considera que “el mal uso de la tecnología digital afecta a la salud física, mental, sexual y social. En la infancia y en la adolescencia también afecta al neurodesarrollo y al aprendizaje.

No obstante, los médicos no resuelven la incógnita de si se deben prohibirse o no estos dispositivos tecnológicos a edades tempranas. “Los estudios científicos no han demostrado, por el momento, que las prohibiciones indiscriminadas en el uso de los dispositivos móviles supongan un beneficio para la salud de los niños y adolescentes. El peso que tiene la edad a la que se empieza a usar el dispositivo es relativo respecto a otros factores con mayor influencia, como el uso que los progenitores hacen de los dispositivos, el tipo de contenido que se visualiza, el acompañamiento que hacen los padres y madres a los niños mientras usan los dispositivos, los momentos y los lugares en los que se utilicen o la madurez de cada niño o niña al comenzar a usar las pantallas. Pensar que, sólo instaurando una prohibición, el problema del uso inadecuado de los teléfonos móviles se va a resolver, puede hacer que no se haga hincapié por parte de las familias y las instituciones en estos otros factores”.

 

Fuente: Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) | adslzone