El próximo domingo 28 de mayo se celebran elecciones municipales en toda España y autonómicas en 12 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas. El derecho a voto no es obligatorio en España y hay quienes han pensado en dar salida a ese voto que nunca iría a entrar en la urna: venderlo. Es un fraude y te explicamos las consecuencias legales que tiene hacerlo.

“Vendo mi voto”

En plena campaña electoral estamos observando en los últimos días un incremento de quienes han decidido vender su voto. Nada más que hay que hacer una simple búsqueda en Twitter para ver varios tuits en los que se anuncia sin ninguna vergüenza “Vendo mi voto”.

En plataformas de compraventa se suele hacer algo más camuflado, con la clásica operativa que hemos visto desde hace años para la reventa de entradas, dando a entender que lo que se vende es realmente otro objeto (un sobre, bolígrafo, etc.) y el voto es un regalo.

Los motivos que hay detrás de esta venta de votos son variados. Por un lado está quien simplemente busca un beneficio económico y no aporta muchas más explicaciones para haber decidido poner en venta la posibilidad de participar en el proceso democrático de elección de representantes. En otros casos, se considera que es una contraprestación para alguien que pensaba abstenerse y no acudir a su colegio electoral.

Un último grupo de vendedores de votos lo hacen supuestamente por haberse desencantado con la clase política de nuestro país. Podemos leer mensajes como “nadie se ha ganado que se lo dé, prefiero venderlo antes de tirarlo.

Estos vendedores ofrecen varias fórmulas sobre cómo habría que pagar el servicio. Unos ofrecen la posibilidad de acompañarlos al colegio electoral para entregar allí el dinero y el sobre que se vaya a introducir en la urna. En caso de que la distancia lo impida, muchos piden una transferencia y entregarían un vídeo como prueba de que se ha votado para lo que se ha pagado.

Penas de prisión por venta de votos

Como decíamos, esta forma de vender tus votos es considerada un fraude electoral según lo dispuesto en la Ley del Régimen Electoral General. Es claramente una vulneración de las reglas de juego limpio y democrático que se presuponen para estos procesos electorales.

En las generales de abril de 2019 se quedó en casa prácticamente el 25% del censo y en su repetición de noviembre el porcentaje subió al 30% de los votantes. Si esta alta abstención acaba siendo reducida a base de pagarse por votos, los resultados pueden ser manipulados en un gran porcentaje.

La Ley Electoral recoge estos comportamientos, independientemente de que hacerlo en Twitter o Wallapop sean medidas nuevas. «Quienes, por medio de recompensa, dádivas, remuneraciones o promesas de las mismas, soliciten directa o indirectamente el voto de algún elector, o le induzcan a la abstención», serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años o con una multa de 12 a 24 meses.

 

Fuente: adslzone