Votar es uno de los derechos que tienen todos los españoles mayores de edad por mucho que residas en el extranjero. En realidad, el gobierno está muy interesado en que participe la mayor cantidad posible de personas, por lo que han puesto en funcionamiento toda la maquinaria a la hora de ayudarte a ello. Aunque no vas a poder votar online, sí que hay una serie de aspectos que necesitas conocer para poder emitir tu voto de forma correcta.

Españoles residentes en el extranjero

Las instrucciones de lo que tienes que hacer varían dependiendo de si eres español residente en el extranjero o si eres español y solo te encuentras fuera de España de forma temporal. Comenzamos detallándote lo que necesitas hacer en el primero de los casos, el cual te podemos contar con pelos y señales a la vista de que estas líneas se escriben desde el extranjero.

Lo más importante es que sepas si estás inscrito o no como residente en el Consulado de España del país en el que te encuentras. Esto es imprescindible, y no solo para lo relacionado con el voto, sino que también es crucial en otro tipo de situaciones. Por ejemplo, si se produce una tragedia el Consulado conocerá tu existencia y hará lo que necesite para que estés a salvo. El registro como residente tendrás que hacerlo visitando la Embajada y siguiendo los pasos que se te indiquen. También será necesario para hacer otras solicitudes y trámites, así que es muy conveniente. También deberás estar inscrito en el CERA (Censo de Electores Residentes Ausentes), el cual te da la capacidad de poder emitir el voto.

Es muy probable que te inscribieras en el CERA en el mismo momento en el cual te inscribiste como residente en la Embajada del país en el que te encuentres. Si no lo recuerdas, puedes visitar el Consulado para que te confirmen si no hay problema con tu inscripción.

Una vez cumplas estos requisitos lo único que tienes que hacer es esperar. Con total seguridad te llegará una carta certificada desde España que incluirá las instrucciones para los siguientes pasos. El proceso es sencillo: en la carta se incluye un enlace de descarga donde puedes obtener las papeletas de voto. Solo tendrás que imprimir aquellas que te interesen y luego continuar con el proceso. Si no hubieras recibido la carta o te faltase algún tipo de documento o papeleta, solo tendrías que hablar con tu Embajada para que te echen una mano. A partir de ahí lo único que tendrás que hacer será proceder al voto, el cual puedes realizar de dos maneras: en urna o por correo.

La votación por urna se tendrá que hacer en el lugar indicado en las instrucciones que hayas recibido, el cual variará dependiendo del país y lugar del mundo en el que te encuentres. No obstante, la urna estará, con total seguridad, en tu Embajada. Tendrás que entregar la papeleta en un periodo de tiempo determinado que se extiende, como tarde, hasta tres días antes de las elecciones. Si quieres votar por correo, solo tendrás que enviar tu voto siguiendo las indicaciones que se te proporcionen, a la Embajada de España en el país donde estás residiendo. Es el mismo lugar donde te inscribiste como residente, así que no tiene pérdida.

Españoles de paso en otro país

En este tipo de situación el proceso es distinto, pero también tiene la ventaja de ser más sencillo. En lo que coincide con el proceso anterior es que también debes estar inscrito como no residente, pero en este caso tu empadronamiento continúa estando en España. Partiendo de esto, tienes que hacer la solicitud de tu interés en votar en la Oficina Consular del país en el que te encuentres. Esto tendrás que hacerlo lo antes posible, puesto que hay unos periodos de tiempo establecidos que se tienen que respetar.

Una vez hayas emitido esta solicitud de voto, el Consulado lo enviará con urgencia a España a la Delegación Provincial que corresponda para poder gestionar tu inscripción como votante. Tras eso, se te enviará a tu dirección postal los documentos necesarios a la hora de emitir tu voto y continuar con el proceso. En el momento en el que los recibas, tendrás que proceder a su envío por correo certificado de vuelta a España. Tendrás que asegurarte de hacerlo dentro del plazo de tiempo indicado y contar con un matasellos de la oficina de Correos local que lo verifique.

¿Qué hacer si tengo problemas?

Una situación que se puede producir es que estés registrado en el CERA siguiendo lo que te hemos indicado en el primer apartado, pero que estés de viaje en España en el momento en el que se llevan a cabo las elecciones. En ese tipo de caso tendrías que seguir el proceso de votación disponible para los españoles residentes en España, firmar la solicitud de voto y enviar el voto por correo siguiendo las instrucciones. Ten en cuenta que hay una diferencia importante: no podrás votar de forma presencia en las mesas electorales.

Si tienes otros problemas, como que haya errores en tu inscripción y tus datos, lo mejor, como te decíamos antes, es que siempre hables con tu Consulado. Otra alternativa es que entres en el servicio de consulta online que tiene el Instituto Nacional de Estadística, aunque necesitarás el el registro en Cl@ve u otro de los métodos de identificación. Y si no quieres votar, pero has recibido los documentos en tu vivienda en el extranjero, no tienes que preocuparte. No es obligatorio, aunque es posible que vuelvas a recibir una comunicación para que ejerzas tu derecho a voto.

 

Fuente: adslzone