Pedir el voto por correo es una opción muy interesante para aquellos votantes que no puedan acudir personalmente a su colegio electoral el día de las elecciones municipales. Al solicitar el voto por correo, el votante recibirá la documentación necesaria para poder votar cómodamente desde su domicilio, sin tener que desplazarse el día de las elecciones municipales.

Esta opción es especialmente útil para aquellas personas que estén enfermas, tengan problemas de movilidad o estén fuera de su lugar de residencia durante la fecha de las elecciones.

Solicitud hasta el 18 de mayo

Si tienes pensado votar, pero no podrás acudir en persona a tu colegio electoral el próximo 28 de mayo, no te preocupes, porque puedes solicitar el voto por correo hasta el 18 de mayo. Para ello, deberás obtener el Certificado de Inscripción en el Censo Electoral correspondiente, que es imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

Y lo mejor de todo es que ahora, gracias a la tecnología, puedes solicitarlo por vía telemática a través de la web de Correos (www.correos.es). De esta forma, no tendrás que acudir en persona a una oficina postal y podrás hacerlo desde tu casa.

Para solicitar el voto por correo de forma telemática, deberás acreditar tu personalidad mediante firma electrónica, utilizando los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria o el DNI electrónico (DNI-e). De esta manera, podrás ejercer tu derecho al voto sin tener que preocuparte por desplazamientos, tiempos de espera o imprevistos de última hora.

También puedes hacerlo en cualquier oficina de Correos del país. Sin embargo, es importante que tengas en cuenta que la solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en casos especiales en los que una enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- le impida formular personalmente la petición. En estos casos, otra persona autorizada puede presentar la solicitud en su nombre.

Si eres un votante residente en España y has decidido solicitar el voto por correo para las próximas elecciones, es importante que tengas en cuenta que no podrás votar presencialmente en la mesa electoral el día de la votación.

¿Cuándo se envían?

Una vez que Correos reciba las solicitudes, las entregará en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo. Los votantes que hayan solicitado el voto de esta forma deberán tener en cuenta que el plazo de depósito de los votos por correspondencia finalizará el día 24 de mayo de 2023.

Es fundamental tener en cuenta que el plazo de depósito de los votos por correspondencia es limitado y, por tanto, es recomendable no dejar la solicitud para el último momento. Además, se debe tener en cuenta que, aunque el plazo finaliza el día 24 de mayo, es posible que el voto por correo tarde varios días en llegar a la mesa electoral correspondiente, por lo que es importante solicitarlo y enviarlo con suficiente antelación.

Es importante recordar que el derecho al voto es un derecho fundamental y una forma de participación ciudadana esencial en una democracia. Por tanto, es importante ejercer este derecho de forma consciente y responsable, eligiendo aquellas opciones políticas que mejor representen nuestros intereses y valores. No dejes pasar la oportunidad de hacer oír tu voz en las próximas elecciones.

 

Fuente: adslzone