Además de estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los autónomos tienen que ingresar unas cuotas mensuales que se adapten a su actividad profesional. Con cada cambio, el trabajador por cuenta propia podrá elegir cualquier base de cotización de las comprendidas entre aquella por la que venía cotizando y el límite máximo que les sea de aplicación. Te contamos cuándo y cómo puedes cambiar la que tengas actualmente.

Los cuatro cambios anuales de cuota de autónomo

El plazo durante el cual se puede efectuar el cambio de base de cotización es el comprendido entre:

  • El 1 de enero y el 31 de marzo, con efectos del cambio de 1 de abril siguiente.
  • Entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efectos del cambio de 1 de julio siguiente.
  • Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efectos del cambio de 1 de octubre siguiente.
  • Y entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efectos del cambio de 1 de enero del ejercicio siguiente.

Para que os quedéis más tranquilos, cuando hablamos de que se puede cambiar cuatro veces en un año natural, nos referimos estos cuatro tramos, uno de los cuales se va a cumplir la próxima semana. Sin embargo, podrás realizar tantas solicitudes como desee, siendo únicamente la última petición realizada dentro de los plazos indicados, la que será tenida en cuenta

Cómo realizar el proceso en la web de la Seguridad Social

Como decíamos anteriormente, puedes realizar tú mismo este trámite de forma telemática en la Sede Electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social. Para ello, necesitarás alguno de los métodos de acceso válidos: Cl @ve Permanente, Cl @ve PIN, Vía SMS o mediante DNI electrónico o certificado digital.

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Cambio régimen cotización Autónomos

Una vez identificados, podremos ver nuestra situación con una serie de parámetros que figuran debajo de nuestros datos personales (nombre, DNI, número de la Seguridad Social):

  • Fecha de alta: se muestra la fecha real de alta del trabajador en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • Fecha de la base actual: se muestra la fecha desde la que el trabajador autónomo tiene la base de cotización actual.
  • Base actual: se muestra el importe de la base por la que está cotizando el trabajador autónomo.
  • Base solicitada para el trimestre siguiente: si ha solicitado cambio de base para el trimestre siguiente, se muestra la base de cotización solicitada. Si no se ha efectuado solicitud previa, se mostrará el literal “Sin Solicitar.”
  • Tiene revalorización automática de la base de cotización: si se ha solicitado la revalorización automática anual mostrará el literal “SÍ”. En caso contrario mostrará el literal “NO”.

En cuanto a la solicitud de cambio de base de cotización para el siguiente trimestre, debemos elegir una de las opciones que mejor se adapte a tu actividad: máxima, mínima, otra base (a escribir a mano) o las bases de cotización especiales de venta ambulante o venta ambulante reducida. Una vez hechos los cambios, deberás pulsar o hacer clic en el botón confirmar y tus cambios quedarán registrados.

Como decíamos anteriormente, si cometes algún error, estarás a salvo de enmendarlo, pues podrás realizar todos los cambios que quieras hasta la fecha de finalización del trimestre en curso.

 

Fuente: adslzone