«Mi libertad de expresión termina donde empieza la del otro» es la mítica frase que se suele emplear cuando se comete un acto violento contra otra persona que excede los límites del derecho a expresarse libremente. Por lo tanto, se debe limitar esa libertad para garantizar la seguridad y el derecho al honor de otros, y más aún en los tiempos que corren con la proliferación de las redes sociales.

Hablamos precisamente de un reciente caso ocurrido en Facebook a un árbitro de balonmano que recibió comentarios vejatorios en la página de  del club deportivo Chinijos Costa Teguise, provocando malestar en la figura del deportista y cuestionando gravemente su profesión, saldándose así con una abultada sanción a los agresores.

Una multa de 12.000 euros por insultos en Facebook

Según una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, dos personas han sido acusadas de pagar 12000 euros por escribir comentarios denigrantes a un árbitro de balonmano infantil después de que pusiera punto y final a un partido en el que consideraba que llevar gafas durante el acontecimiento deportivo suponía un riesgo en un deporte de contacto.

Durante la celebración del veredicto, el Tribunal Supremo declaró que los comentarios malsonantes estaban fuera de lugar y descalificaban el trabajo que estaba realizando el árbitro en ese momento, recibiendo insultos y contestaciones ofensivas que dañaban claramente la imagen del profesional. El fallo dio como resultado una situación «absolutamente desproporcionada» por parte de los implicados tras haberse hecho eco de las publicaciones en Facebook.

«Eres un peligro para los ciudadanos»

El árbitro que dirigió el partido de balonmano infantil, es también policía local, de tal manera que los individuos no dudaron en lanzar improperios y humillaciones a través de la página oficial del club registrada en Facebook. Se pueden leer comentarios como «esta persona está llena de frustraciones y con uniforme es un peligro para los ciudadanos a pie, jugadores y similares».

Asimismo, el árbitro también aconteció ataques contra su persona por el mero hecho de haber suspendido un partido por razones de seguridad: «Tuvo una infancia muy jodida y después de adulto le sale todo ese odio que lleva dentro, me da pena el infeliz»; «siempre le ha faltado amor, que alguien lo quiera y los 21 cm le vendrían de maravilla»; «la verdad es que es un pobre desgraciado con uniforme».

El fallo de la Sala culminó con la descripción de unas expresiones que no fundamentan la libertad de expresión y que suponen un ataque contra el derecho al honor y la dignidad del denunciante. Por lo tanto, los acusados deberán pagar al demandante una indemnización de 12000 euros por daños morales «que no sólo afectan al ámbito deportivo, sino que trascienden también al profesional, así como aspectos de su infancia y vida privada, con el correlativo daño moral que suponen, las repercusiones que le generaron, así como su difusión en las redes sociales».

 

Fuente: Economist Jurist | adslzone