El aporte de la IA en nuestras vidas ha suscitado una tremenda revolución. Los modelos de lenguaje se posicionan como elementos clave para simplificar nuestras tareas día a día. A su vez, surgen herramientas más sofisticadas que consiguen crear imágenes en tan solo unos pocos segundos cuando jamás creíamos que esto sucedería. Y es que su implantación en la sociedad ha ganado muchos puntos. Pero la aparición de terceras personas que se quieren aprovechar de su potencial para llevar a cabo planes malévolos también los ha restado.

Un nuevo hecho que afecta a jóvenes menores de edad ha levantado revuelo debido a que la penalización ha resultado ser más baja de lo esperado.

Sancionado por distribuir imágenes sexuales generadas por IA

Nos hallamos en un punto en el que los servicios digitales nos ofrecen una gran cantidad de mejoras, pero todo va a depender de las manos en las que caigan. No es de extrañar que nos topemos con momentos en los que la IA se vuelve en nuestra contra. Sin ir más lejos, los casos de los famosos deepfakes han llegado a tales extremos que ya se han interpuesto leyes que los regulen.

A pesar de que se están llevando a cabo diversos planes para atajar actividades ilícitas con la IA, el debate sigue en pie. La generación de imágenes por IA destinadas a un uso fraudulento es una de las asignaturas pendientes de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos). Si nos ceñimos a los acontecimientos, se ha sancionado a un menor con 2.000 euros por realizar prácticas indebidas poniendo en peligro la reputación de varias víctimas. ¿Un castigo insuficiente?

Contexto de lo ocurrido

Según comenta el diario El Confidencial en una publicación del 30 de octubre de 2025, un chico menor de 18 años, bajo el alias Aaron, decidió ganar dinero a costa de una manipulación de una serie de fotografías. Para ello, se hizo con imágenes de otras chicas menores que implantaba en cuerpos ficticios a través de programas IA. El objetivo era distribuirlas por plataformas digitales dedicadas al mundo del erotismo y el sexo. Una de ellas era «OnlyFans».

Tras recibir un conjunto de denuncias, la AEPD se hizo eco de la situación y actuó en consecuencia. No obstante, al ser causante de un delito de suplantación, habría que hacer cargo a la fiscalía para imponer la penalización oportuna.

Reducción por pronto pago

El organismo regulador ha considerado este tratamiento como un uso irresponsable del menor, al aportar datos personales sin el consentimiento de las personas perjudicadas. Sin embargo, la infracción se ha reducido hasta 1.200 euros, aun cuando se calificaba de muy grave. Todo ello después de que el autor de los hechos se haya considerado como el principal culpable. De esta forma, el infractor ha podido beneficiarse de un 20 % de descuento al haber realizado un pago voluntario, tal y como aparece regulado en el artículo 85 de la Ley 39/2015, el cual reza lo siguiente:

«Cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario, el órgano competente para resolver el procedimiento aplicará reducciones de, al menos, el 20 % sobre el importe de la sanción propuesta, siendo éstos acumulables entre sí».

El caso fue archivado el pasado 5 de abril de 2025 tras la firma del presidente de la AEPD, Lorenzo Cotino Hueso.

La protección del menor como tema prioritario

La protección del menor en el entorno digital y el acceso a los teléfonos móviles requiere de una mayor atención. Sin duda, es una de las principales preocupaciones de la AEPD. De hecho, los considera como servicios que pueden ejercer efectos perjudiciales para la salud. Por ello, se configuró como uno de los principales temas a tratar en la Memoria Anual 2024. Esta iniciativa ha dado lugar a muchas colaboraciones estratégicas para garantizar su expansión a todo tipo de contenidos inapropiados.

Por suerte, la AEPD puso en marcha el 2 de agosto de 2025 un sistema de actuación a las aplicaciones IA prohibidas que atenten contra datos sensibles. Por lo tanto, la Agencia ya puede hacerse cargo de supervisar tratamientos de datos personales relacionados con la IA, siempre y cuando afecten a la protección de datos.

 

Fuente: El Confidencial | Memoria 2024 AEPD | adslzone