Protección de Datos absuelve a un usuario por tener la WiFi abierta
Protección de Datos absuelve a un usuario por tener la WiFi abierta.
La Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto una denuncia por colgar en YouTube imágenes vejatorias, multando al titular de una dirección IP facilitada por Telefónica y absolviendo a otro usuario que alegó que tenía su red WiFi sin encriptar.
La AEPD inició su investigación al emitirse en televisión imágenes vejatorias de una persona que aparecían en varios vídeos colgados en YouTube.