Esta actividad tributará en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO). Esto ha sido establecido en una consulta vinculante realizada a la DGT como respuesta a un contribuyente que quería averiguar si sus ventas online en las plataformas antes citadas estaban sujetas a IVA o a cualquier otro impuesto.

Crecen las ventas online de las que Hacienda “no ve ni un duro”

Las ventas entre particulares en eBay, Wallapop, Vibbo, Milanuncios o Amazon han aumentado exponencialmente en los últimos años. El problema es que son muy difíciles de localizar y controlar, ya que muchas veces todo pasa al ámbito privado de una conversación de WhatsApp o de una quedada para cerrar el trato.

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Hacienda lo que ha hecho es aplicar el mismo tratamiento a nivel de gravamen del que se impone a las ventas “físicas” de bienes usados. Ahora, el gran problema será explicar cómo van a aplicar esta medida y cómo deben actuar los vendedores. En las ventas físicas se utiliza el Modelo 600 de la AEAT siendo competencia de las comunidades autónomas.

La AEAT explica que su intención es que las ventas que generen beneficios se declaren en el IRPF como ganancia patrimonial. Este no es el caso más habitual, salvo cuando se venden objetos de coleccionismo o cuadros. Desde Hacienda recuerdan la importancia de guardar cualquier documento que acredite la propiedad del bien y pruebas de la transacción como facturas o pantallazos del cierre de la operación.

Con esto, podrían demostrar a Hacienda que no están consiguiendo ingresos de trabajos hechos “en negro” o en B. Volvemos a insistir en el problema para aplicar estas medidas en el comercio online entre particulares cuando se trata de ventas de cantidades realmente bajas. Eso sí, la AEAT insiste en que pide bases de datos a las plataformas de comercio online para investigar transacciones.

 

Fuente: adslzone