Además, también eran distribuidores de cartuchos tipo R4 que permiten piratear videojuegos en la videoconsola DS de Nintendo. Pues bien, estas dos personas habían sido condenadas con seis meses de prisión, una multa de 2.160 euros y una indemnización conjunta de 4.290 euros en favor de Nintendo y la Asociación Española de Videojuegos (AEVI) por estos motivos.

mallete.jpg

Tras presentar el recurso por parte de los acusados en enero de 2015, la Audiencia Provincial de Sevilla acaba de informar que ha desestimado dicho recurso y por lo tanto, los titulares de los establecimientos Gigabyte Sistemas, han recibido cada uno la condena citada anteriormente. La Audiencia Provincial ha querido dejar claro, que la condena ha sido establecida aplicando el artículo 270.3 del antiguo Código Penal, que es el que estaba vigente en el momento en el que se cometió el delito.

Pero según el nuevo artículo 270.6 del Código Penal, que entró en vigor en el mes de julio de 2015, los dos condenados podrían haberse enfrentado a penas de hasta 3 años de cárcel, ya que se realizó un agravamiento en la pena máxima para este tipo de delitos. Esta condena, sin duda sienta un importante precedente en el ámbito de la protección de la propiedad intelectual en nuestro país, según ha afirmado el propio director general de AEVI, José María Moreno.

Además, ha afirmado que de no establecer unas normas duras contra este tipo de prácticas, se acabarían destruyendo miles de puestos de trabajo en España. Con esto, lo único que se quiere es realizar una defensa efectiva de la propiedad intelectual en España y que nuestro país se convierta en una referencia a nivel europeo en este sentido.

 

Fuente: Audiovisual451 | adslzone