La UE obliga a no cobrar más de 60,50 euros por roaming en el extranjero

Así lo ha alertado FACUA, que afirma que hay usuarios que están emitiendo quejas debido a este problema, aunque no especifican con qué operadores se están teniendo los problemas. Estas irregularidades de cobro ocurren sólo a los usuarios que utilizan tarifas móviles fuera de los territorios incluidos en el acuerdo de fin de roaming de la UE.

La normativa europea (artículo 15 del Reglamento (UE) 531/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2012) determina que los operadores tienen que establecer un consumo máximo de 50 euros (60,50 IVA incluido), a partir del cual no se puede facturar más servicios de roaming al usuario para evitar que el consumo se dispare a cifras que alcancen los cientos de euros. Y viendo lo que cuesta el roaming en algunos países, esa cifra no es difícil de alcanzar.

Por ejemplo, en Estados Unidos y Canadá el establecimiento de llamada es de 1,82 euros, costando 1,69 euros el minuto. Los datos móviles valen una barbaridad, costando 12,1 euros un solo mega. Cuando viajamos a un país extranjero, los operadores tienen la obligación de mandarnos un SMS con las tarifas que se nos van a cobrar en ese país si nos conectamos allí a la red móvil. También se puede recibir la información por correo electrónico o a través de una ventana emergente en el navegador, tanto si estás dentro de la UE como fuera.

El modo avión y el WiFi son tus amigos para evitar sustos

Por ello, es muy importante que sólo tengas activada la cobertura sin datos para recibir ese SMS al llegar, y a partir de ahí activar el modo avión para evitar sustos en la factura. La solución pasa por depender de redes WiFi gratuitas (hoteles y cafeterías) o, dependiendo de la duración del viaje y del precio, sacarte una SIM de prepago en el país, las cuales suelen ser bastante baratas; sobre todo si lo comparamos con el precio que cobran por roaming en algunos países.

El límite de 60,50 euros en la factura ha de ser el que esté activado por defecto, y sólo ha de poder ser superado si el usuario lo pide de manera expresa. Por ello, los usuarios a los que les hayan facturado cantidades superiores sin que hayan especificado otro límite pueden reclamar esas cantidades extra.

 

Fuente: FACUA | adslzone